Rueda de Ahorro








    Gold 1 - 150.000gsGold 2 - 200.000gsGold 3 - 250.000gs



    Con el atractivo producto RUEDA DE AHORRO AUTOCANCELADA que consiste en un círculo cerrado de 360 socios que con solo G. 50.000 participa de sorteos mensuales por 36 meses de G. 3.000.000, que al salir adjudicado deja de pagar. En caso de no ganar recupera lo ahorrado G. 1.800.000 más G. 75.000 en concepto de intereses, tu Cooperativa Judicial incentiva la cultura del AHORRO.

    REGLAMENTO

    RUEDA DE AHORROS, AUTOCANCELADA, IMPLEMENTADA POR LA COOPERATIVA JUDICIAL LTDA.

    Capitulo 1º.  INTRODUCCION

    Art.1º. La Rueda de Ahorros, implementada por la  Cooperativa Judicial Ltda., para fomentar el ahorro entre los Socios de la Cooperativa, y permitir la formación de un fondo  para la compra de  bienes de consumo o iniciar actividades productivas.

     Capitulo 2º.  CARACTERISTICAS

    Art. 2º. Cada Rueda  de Ahorros con cancelación automática se compondrá de 360 participantes que abonarán una cuota mensual uniforme durante, 36 meses   y que podrán escoger entre el No. 001 y el No. 360, como numero asignado en la correspondiente Rueda; con la característica particular   que al momento de adjudicarse deja de pagar automáticamente  el monto de las cuotas restantes. Y el monto hasta ese momento integrado, queda incluido en el  premio adjudicado.

    Art. 3º. Se denominará Rueda  de Ahorro AUTOCANCELADA. Se establecen dos modalidades de la Rueda  de Ahorro con cancelación automática:

    a)      1ª. Rueda: Compuesta de 360 Socios con 36 aportes de Gs. 50.000.- Adjudicación Mensual de Gs. 3.000.000.- y adjudicación final de Gs. 1.875.000 a todos los socios no adjudicados y que completaron sus aportes.

    b)     2ª. Rueda: Compuesta de 360 Socios con 36 aportes de Gs. 100.000.- Adjudicación Mensual de Gs. 6.000.000.- y adjudicación final de Gs. 3.750.000.- a todos los socios no adjudicados y que completaron sus aportes.

    c)      Los socios que completaron sus aportes podrán acceder a una tasa de interés  preferencial de Ahorro a Plazo Fijo del rango de  30.000.000.-(treinta millones) a más,  al culminar la Rueda de Ahorros.

    Art. 4º. Se formalizará mediante un contrato de Rueda de Ahorro entre la Cooperativa y el Socio participante, donde constará todos los derechos y obligaciones, y la forma que se acreditará el importe. El contrato quedara pendiente de aprobación, hasta su análisis correspondiente por la encargada de  Rueda de Ahorros y su inclusión a la misma, una vez verificado si el estado de cuenta del socio califica para la misma.

      Capitulo 3º.  ADJUDICACIONES

     Art. 5º.    En cada Rueda durante los 36 meses se adjudicará  a  un participante en cada sorteo, debiendo estar al día al momento del sorteo  para retirar su adjudicación, que se llevará a cabo el segundo viernes de cada mes a las 13:00 Hs., en el local de la Cooperativa o en la Plazoleta del Poder Judicial.

    En caso de que el socio adjudicado no se encuentre al día, no podrá recibir el Monto correspondiente y la Cooperativa no procederá a realizar un nuevo Sorteo.

    No obstante el socio adjudicado que no este al  día podrá seguir en la Rueda de Ahorros, poniéndose al día en su cuota pendiente, y podrá participar en los siguientes sorteos con el mismo numero de contrato.

    Art. 6º.  Mientras este vigente la Rueda, la Cooperativa podrá implementar sorteos estímulos. De estos sorteos participarán todos los aportantes de la Rueda, y solo serán  beneficiados los que  se encuentren al día.

    Art. 7º.  Finalizado el Sorteo No. 36, y en un plazo de hasta 180 días se procederá a entregar el monto correspondiente a cada uno de los participantes que no hayan sido adjudicados y que hayan cancelado las 36 cuotas. Para el  efecto entre los participantes se sortearán el turno de retiro de su adjudicación final conforme a la sgte tabla:

    54 Participantes a los   30 días

    54 Participantes a los   60 días

    54 Participantes a los   90 días

    54 Participantes a los 120 días

    54 Participantes a los 150 días

    54 Participantes a los 180 días

    Capitulo 4º.  MODALIDADES DE INSCRIPCION

     Art.   8º. Las Categorías pueden ser:

    a)     Individual,

    b)    Indistinta, Conformado por dos o más Socios pudiendo retirar la adjudicación con la firma de uno de ellos.

    c)     Conjunta, Conformado por dos o más Socios, pudiendo retirar la adjudicación con la firma de todos  los titulares.

    Capitulo 5º.     DE LOS DEPOSITOS MENSUALES

     Art. 9º. Los depósitos mensuales correspondientes a cada Rueda de Ahorros, se podrán realizar, hasta el día del Sorteo, y solo serán adjudicados los socios que estén al día con sus depósitos.

      Capitulo 6º. RESCISIÓN DE CONTRATO Y/O RETIRO   ANTICIPADO

     Art.12º. En caso de que un socio deje de abonar tres cuotas, la Cooperativa queda facultada a rescindir el contrato, sin necesidad de notificación o interpelación alguna, previa deducción del 40 % del total ahorrado, y la diferencia será aplicada a operaciones societarias o crediticias  pendientes o en mora..

    Art. 13º. De la misma manera al art. 12, se procederá con los socios que manifiesten su deseo de retirarse del grupo, y en el caso de que estén al día, el monto correspondiente será aplicado en su caja de ahorro a la vista.

    Art. 14º. Al realizarse todos los sorteos en el mes No. 36, dentro de los 180 días se entregarán el monto correspondiente, a los que tengan las 36 cuotas abonadas. A los que tengan menos cuotas abonadas se le abonarán el monto de sus cuotas depositadas.

    Art. 15º. La Cooperativa se reserva el derecho de rescindir de pleno derecho cuando los contratos activos  sean inferiores al 75 %, o fusionar los grupos, si los hubiere. En caso de rescisión de contrato se devolverá  el importe de las cuotas,  sin ningún descuento en los ahorros.

    Art.16º. En caso de fallecimiento del titular o titulares, la Cooperativa devolverá previa presentación de la declaratoria de heredero, al beneficiario de los derechos, el importe ahorrado sin descuentos, en un plazo no mayor de 30 días.

     Capitulo 7º. GENERALIDADES

     Art. 17º. La Rueda de Ahorros, en lo que no se contemple en este Reglamento, se regirá por el Reglamento General de Ahorros, los Estatutos de la Cooperativa, el Marco Legal y Regulatorio, y la Legislación Vigente.

    Aprobado por el Consejo de Administración de la Cooperativa Judicial Ltda.

     

     

     


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